Me dijeron que traspasando mis bienes a una sociedad evito pagar mis deudas
¿Qué ocurrió?
Una persona o empresa, con deudas pendientes, considera traspasar bienes, dinero o activos a una sociedad o a un tercero para dificultar su cobro.
¿Qué puede ser importante?
Esto ya no es una zona gris. La Ley N° 21.713 (Ley de Cumplimiento Tributario, vigente desde octubre de 2024) sancionó expresamente los actos destinados a distraer o disminuir el patrimonio para evitar el pago de obligaciones, incluyendo penas de cárcel en los casos más graves.
¿Qué documentos conviene tener?
- Origen y fecha real de la deuda
- Fecha del traspaso de bienes que se está evaluando
- Relación entre quien traspasa y quien recibe el bien
- Existencia de una operación económica real detrás del traspaso
- Estado actual de la deuda o el juicio pendiente
¿Qué podría ocurrir?
Si se acredita que el traspaso tuvo como único fin evitar el pago de una deuda o de impuestos, puede dejarse sin efecto el acto (acción pauliana) y, en los casos que la ley señala, iniciarse una investigación penal. Antes de tomar cualquier decisión sobre el patrimonio, conviene evaluar alternativas legales para proteger o reorganizar los bienes.
Lo que han dicho los tribunales
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Referencia jurídica interna: Ley N° 21.713 (2024); Código Civil, art. 2468 (acción pauliana). Esta referencia es un respaldo informativo y no reemplaza la revisión de los antecedentes concretos de su caso.