Criterios y Jurisprudencia
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Corte Suprema — Primera Sala · Rol 32.418-2026 · 2026
¿Prescribe la deuda de un Crédito con Aval del Estado (CAE)?
La imprescriptibilidad del Crédito con Aval del Estado beneficia únicamente al Fisco, no al banco que otorgó el crédito. Si el banco no acredita haber hecho efectiva la garantía estatal a tiempo, su propia acción de cobro contra el deudor puede prescribir según las reglas generales.
Resultado: La Corte Suprema rechazó el recurso del banco y confirmó la prescripción de la deuda cobrada directamente por la entidad bancaria.
Corte Suprema · Rol 1945-2024 · 2025-02-25
¿Desde cuándo se cuenta la prescripción de la acción ejecutiva si el crédito tiene cláusula de aceleración?
Cuando existe cláusula de aceleración, la obligación se hace exigible en su totalidad desde que el acreedor manifiesta su voluntad de cobrar el saldo completo; en este caso, al presentar la demanda. La prescripción se interrumpe con la notificación de la demanda (arts. 2503 y 2518 del Código Civil).
Resultado: Se declaró prescrita solo la cuota con vencimiento el 10 de junio de 2019, por haber pasado más de tres años entre su vencimiento y la notificación de la demanda. La ejecución siguió por las cuotas posteriores.
Corte Suprema · Rol 56606-2024 · 2025-11-14
Si la cláusula de aceleración es facultativa, ¿la prescripción parte desde la mora o desde que el banco la ejerce?
Una cosa es que ocurra el evento que permite acelerar la deuda y otra distinta es el ejercicio efectivo de ese derecho, que ocurre con la interposición de la demanda. Si la cláusula es facultativa, la exigibilidad anticipada depende de la voluntad del acreedor, que puede ejercerla o esperar el vencimiento natural.
Resultado: La Corte Suprema estableció que el plazo de prescripción (arts. 2514 y 2515 del Código Civil) comenzó a correr desde que el banco presentó la demanda ejecutiva, el 26 de diciembre de 2013, y no desde la mora del deudor.
Corte Suprema · Rol 1706-2025 · 2026-02-08
¿El abandono del procedimiento borra los efectos de la aceleración de la deuda?
La exigibilidad anticipada se produce desde que el acreedor manifiesta inequívocamente su voluntad de acelerar la deuda, y presentar una demanda ejecutiva es una manifestación clara de esa voluntad. El abandono del procedimiento (art. 156 del Código de Procedimiento Civil) no extingue los derechos sustantivos ni elimina los efectos ya producidos: solo impide seguir con el proceso.
Resultado: La Corte Suprema fijó que el abandono del procedimiento no impide considerar la aceleración como un efecto ya producido al calcular la prescripción.
Esta sección se actualiza progresivamente con fallos reales y verificados. Es contenido informativo y no reemplaza la revisión de los antecedentes concretos de su caso.